Si has recibido un SMS falso (Smishing), un correo sospechoso (Phishing) o una llamada suplantando a tu entidad (Vishing) y han vaciado tu cuenta, la ley te ampara.
La mayoría de los usuarios creen que, al haber «caído» en la trampa, el dinero se ha perdido. Esto no es cierto. Según la normativa española de servicios de pago, el banco tiene la obligación de implementar sistemas de doble autenticación robustos. Si el fraude ha tenido éxito, es porque la seguridad del banco ha fallado.
Alta tasa de éxito: Hemos recuperado miles de euros de clientes de las principales entidades (Santander, BBVA, Caixabank, Sabadell, Deutsche Bank, etc.) en casuística de todo tipo y durante años. La experiencia acumulada desde el análisis de cláusulas abusivas, implementación de sistemas informáticos y seguridad para los consumidores, pasando por el contacto constante con entidades bancarias han generado un conocimiento que ponemos a disposición de todos nuestros clientes.
Sin costes ocultos: Analizamos la viabilidad de tu caso de forma totalmente gratuita y presentamos un presupuesto con elementos fijos para tu seguridad.
Si tienes dudas sobre quiénes somos, no dudes en consultar la información que te facilitamos en la descripción del despacho, así como en qué ramas del Derecho tenemos experiencia. Y no, no hacemos de todo porque la especialización en ciertos sectores suma a nuestros clientes. Esa es una de nuestras máximas, por eso podemos garantizarte que, cuando no sepamos de alguna materia, sabremos indicarte compañeros/as que sí dominan en sus ámbitos.
Sí, y en muchos casos con posibilidades reales de éxito. Tanto la normativa europea como la española obligan a las entidades bancarias a proteger activamente a sus clientes frente a operaciones no autorizadas. Si el banco no ha cumplido con sus obligaciones de seguridad, puede ser directamente responsable de devolverte el importe sustraído, con independencia de que los autores del fraude sean identificados o no. Cada caso es distinto, por eso el primer paso es siempre un análisis individualizado y sin coste.
Los fraudes más habituales que tratamos son:
– Smishing: SMS fraudulentos que suplantan la identidad de tu banco y te redirigen a páginas falsas para robar tus credenciales.
– Phishing: correos electrónicos que imitan las comunicaciones oficiales del banco.
– Vishing: llamadas telefónicas en las que los estafadores se hacen pasar por empleados de tu entidad.
– Fraude por Bizum: transferencias realizadas sin tu consentimiento real o mediante engaño.
– Cargos y operaciones no autorizadas: movimientos que no has realizado tú y que aparecen en tu cuenta o tarjeta.
– Contratación fraudulenta de préstamos o tarjetas: cuando los estafadores, suplantando tu identidad, contratan productos financieros a tu nombre.
– Estafas de inversión: como la llamada «estafa del cerdito» u otras plataformas de inversión fraudulenta.
Si tu caso no encaja exactamente en ninguna de estas categorías, consúltanos igualmente. La casuística es amplia y en constante evolución.
No. Esta es la respuesta más habitual de las entidades bancarias para evitar su responsabilidad, y no siempre es correcta jurídicamente. La ley exige a los bancos implementar sistemas de autenticación reforzada y detección de operaciones inusuales. Si la entidad no ha adoptado las medidas de seguridad exigibles, o si el engaño era suficientemente sofisticado como para confundir a cualquier persona razonablemente diligente, los tribunales han venido fallando frecuentemente a favor del cliente. El hecho de que hayas facilitado un dato bajo engaño no te convierte automáticamente en responsable de la pérdida.
Si bien el plazo de prescripción es bastante amplio, con cinco años de manera general en cuestiones civiles, lo realmente importante es que comuniques cuanto antes a la entidad la existencia del fraude. Es posible que nieguen responsabilidad o que no te informen correctamente, pero la comunicación por parte del cliente es primordial.
Sí. No existe un importe mínimo para tener derecho a reclamar. Desde MENDIA ADVOCATS defendemos tanto afectados por 200 euros como por decenas de miles. Además, trabajamos la posibilidad de acciones coordinadas entre personas afectadas por la misma entidad o el mismo modus operandi, lo que permite agrupar reclamaciones, reducir costes individuales y ejercer mucha más presión sobre la entidad. Que el importe sea pequeño no significa que el derecho sea menor.
Cuanto antes actúes, mejor. Existen múltiples guías de actuación tanto de instituciones públicas como INCIBE (ver enlace) como de cada entidad. Remarcamos que uno de los primeros pasos es avisar a tu entidad y preguntar por la guía específica de recomendaciones de seguridad que comunican a sus clientes.
La comunicación con tu entidad debería ser siempre a través de un medio que deje rastro de la comunicación (hora, día, mensaje, etc.).
La primera consulta a través del formulario y el análisis inicial de la documentación es completamente gratuita y sin compromiso. A partir de ahí, los honorarios dependen del tipo de caso, la cuantía afectada y la vía de reclamación elegida. En muchos supuestos trabajamos con una estructura de honorarios vinculada al resultado pero intentando fijar importes para clarificar costes al cliente, lo que significa que buscamos minimizar variables que sean únicamente a porcentaje y nos alejen del objetivo realmente importante: recuperar tu dinero.
No es imprescindible para contactarnos, pero sí es un paso que generalmente recomendamos antes de acudir a la vía judicial e, incluso, antes de hablar con MENDIA ADVOCATS, por dos razones: primero, porque algunos bancos resuelven favorablemente en esta fase, evitando un proceso más largo y mayores costes; segundo, porque la respuesta del banco —o su silencio— puede ser una prueba que refuerza tu posición ante el juez. Además, desde el 2025 se ha reforzado la negociación previa como paso obligatorio antes de acudir al juzgado a través de los MASC (medios adecuados de solución de controversias). Si ya has reclamado y el banco ha rechazado tu solicitud o no ha respondido, estás en una posición perfecta para dar el siguiente paso. Cuéntanos en qué punto estás y te orientamos.
Son vías complementarias, no excluyentes. La denuncia penal busca que los autores del fraude sean identificados, juzgados y condenados; también puede derivar en una orden de restitución económica, aunque depende de que los responsables sean localizados y tengan patrimonio. La reclamación civil frente al banco es independiente de quién sea el autor del fraude: aquí la estrategia es demostrar que la entidad incumplió sus obligaciones de seguridad y debe responder patrimonialmente. En MENDIA ADVOCATS analizamos cuál tiene más recorrido según tu situación específica y te asesoramos sobre la estrategia más eficiente.
En la mayoría de casos, sí. Como se explica en la pregunta sobre prescripción, los plazos legales son más amplios de lo que mucha gente cree. Lo que sí puede verse afectado con el paso del tiempo es la disponibilidad de ciertas pruebas: registros de llamadas, logs de acceso a la banca online o metadatos de mensajes pueden desaparecer. Además, es clave que hayas contactado lo más rápidamente posible con tu entidad bancaria para comunicar el fraude sufrido. Por eso, aunque lleves tiempo dándole vueltas, es mejor consultar hoy que mañana. El análisis inicial no te compromete a nada y te dará una imagen clara de tus opciones reales.
Sí. Las estafas de inversión —plataformas que prometen rentabilidades extraordinarias, aplicaciones de trading falso, o el llamado «fraude del cerdito» que se inicia habitualmente por redes sociales o WhatsApp— tienen una dinámica distinta a la del smishing clásico, pero también tienen vías de reclamación. Dependiendo del caso, pueden implicar acciones frente a las plataformas de pago utilizadas, frente al banco que procesó las transferencias, o directamente en vía penal internacional. Son casos más complejos, pero no por ello cerrados. Consúltanos.
Tenemos nuestra sede en Tarragona, pero hemos atendido y atendemos casos de toda España. La mayor parte de la comunicación inicial y del intercambio de documentación se realiza de forma telemática, sin necesidad de desplazamientos. Para las actuaciones presenciales gestionamos cada expediente según sus necesidades y características principales, pero asumimos personalmente las gestiones que deban hacerse presencialmente.
No delegamos nuestro trabajo aunque tengamos colaboradores por todo el territorio estatal.
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